Durante la audiencia, el magistrado rechazó el planteo de inconstitucionalidad del delito de arma de fuego presentado por la defensa, a cargo de los abogados Carlos Conti y Oscar Bacigalupe, quienes además solicitaron el sobreseimiento del sindicalista bajo el argumento de que la investigación no estaba concluida, ya que aún faltaba determinar la titularidad del arma involucrada.
Guerrero consideró que las pruebas presentadas por el fiscal José Arias eran suficientes para avanzar, por lo que decidió remitir la causa a juicio oral y público. La Oficina de Gestión de Audiencias deberá ahora fijar la fecha del debate.
Los hechos
El expediente tiene su origen en un hecho ocurrido en diciembre de 2024, cuando Kevin Guardia, un joven que trabajaba como sereno en la vivienda de Camejo —ubicada en calle Capitán Rojas al 2800—, murió de un disparo en la cabeza mientras manipulaba una pistola 9 milímetros en compañía de un menor de 12 años.
Días después, Camejo fue detenido tras las primeras investigaciones, que indicaban que habría sido él quien entregó el arma al joven fallecido. En el allanamiento realizado en su domicilio, la Policía halló varias armas de fuego, lo que amplió la imputación inicial a los delitos de suministro ilegal de arma de fuego y tenencia ilegal de arma de fuego.
Es importante destacar que Camejo no fue imputado por la muerte de Guardia, sino únicamente por los delitos vinculados al uso y posesión de armas. La querella, que representa a la madre de la víctima, acompañó la acusación fiscal.
Argumentos enfrentados en la audiencia
Durante la audiencia de elevación a juicio, la defensa insistió en que no se encontraba probado que Camejo fuera el titular del arma, y cuestionó la constitucionalidad del artículo que penaliza la tenencia ilegal, argumentando que la mera posesión no representa un peligro concreto.
El fiscal José Arias respondió que la tenencia está penada independientemente de la titularidad y que el solo hecho de suministrar un arma de fuego constituye un riesgo objetivo, más aún considerando antecedentes penales previos del imputado.
Arias recordó un episodio anterior en el que Camejo habría efectuado disparos contra una persona, señalando que su conducta previa refuerza la existencia de un peligro real. En el mismo marco, el fiscal objetó que el Sindicato de la Fruta —y no el propio Camejo— haya cubierto los gastos del sepelio de Guardia. Según Arias, ese pago no podía interpretarse como un gesto solidario, sino como una obligación gremial si el joven estaba afiliado.
La defensa, por su parte, acusó al fiscal de actuar con “antiperonismo”, atribuyendo una motivación política a sus planteos dentro de la causa.
Con esta resolución, Alcides Camejo enfrentará un juicio oral y público en el que deberá responder por las acusaciones de suministro y tenencia ilegal de armas de fuego, delitos que, de ser comprobados, prevén penas de prisión efectiva.
Con información de Concordia policiales
Redaccion de 7Paginas