El juez de Garantías de Paraná, Mariano Budasoff, dispuso la apertura del juicio contra el exgobernador Sergio Urribarri y el empresario Diego Armando Cardona Herreros. La Fiscalía sostiene que se habría utilizado a terceros para ocultar bienes y movimientos económicos. El magistrado rechazó los pedidos de nulidad y sobreseimiento presentados por las defensas.
La causa por presunto enriquecimiento ilícito que involucra al exgobernador de Entre Ríos, Sergio Urribarri, y al empresario de origen paraguayo Diego Armando Cardona Herreros fue elevada a juicio oral y público. La decisión fue adoptada este miércoles por el juez de Garantías de Paraná, Mariano Budasoff, quien consideró que la acusación fiscal reúne los requisitos necesarios para ser discutida en un debate judicial.
Urribarri está acusado como presunto autor del delito de enriquecimiento ilícito de funcionario público, mientras que Cardona Herreros fue señalado como supuesto partícipe secundario. La investigación también involucró a Rubén Ángel Martínez, quien ya resolvió su situación mediante un juicio abreviado.
Según la hipótesis sostenida por la Fiscalía, el exmandatario habría recurrido a Cardona Herreros y a Martínez para disimular su patrimonio real y gestionar fondos y bienes a través de terceros. La acusación sostiene que esas intervenciones habrían permitido ocultar o disimular la titularidad o el destino económico de determinadas operaciones.
La apertura del juicio no implica una declaración de culpabilidad: las acusaciones deberán ser debatidas y probadas durante el proceso oral.
El juez rechazó los planteos de las defensas
En una resolución que demandó alrededor de dos horas de análisis, Budasoff rechazó los planteos defensivos de nulidad, reformulación del hecho imputado, aclaración de los montos atribuidos, apartamiento de informes periciales contables e informáticos y sobreseimiento.
El magistrado entendió que la Fiscalía identificó el resultado patrimonial que considera ilícito, el período en el que habría ocurrido, la modalidad de ejecución que atribuye a los acusados y la presunta participación de terceros.
A criterio del juez, la descripción de los hechos y las operaciones individualizadas por año permiten conocer los aspectos centrales de la imputación y discutir la evidencia durante el juicio, conforme al grado de probabilidad exigido en esta etapa procesal.
Budasoff también consideró que la acusación cuenta con elementos suficientes para habilitar el debate, sin que ello implique exigir una certeza sobre la responsabilidad penal de los imputados antes de la realización del juicio.
Los millones bajo investigación
Uno de los puntos cuestionados por las defensas fueron las diferencias entre los montos consignados en la acusación y los resultados de un informe contable utilizado en la investigación.
De acuerdo con la imputación detallada en la resolución, a Urribarri se le atribuyen movimientos patrimoniales por 11.546.740,92 pesos, 7.245.441 dólares y 16.300 euros.
En el caso de Cardona Herreros, los montos señalados ascienden a 8.673.275,42 pesos, 7.155.783,71 dólares y 14.100 euros.
Las defensas sostuvieron que las diferencias entre esas cifras y las que surgen del análisis contable dificultan reconstruir la evolución patrimonial y afectan la posibilidad de preparar una defensa adecuada. También cuestionaron que se atribuyeran al exgobernador bienes y gastos de integrantes de su familia sin distinguir suficientemente los patrimonios individuales.
En ese planteo, señalaron que Bruno Urribarri desarrolló una carrera como futbolista profesional en clubes argentinos y de Grecia, con ingresos que, según la defensa, deberían considerarse al analizar la situación económica familiar.
El juez rechazó los cuestionamientos en esta etapa. Consideró que la Fiscalía no basa su acusación exclusivamente en el informe contable, sino también en otros elementos que, según su postura, permitirían fundamentar los montos atribuidos.
La empresa Relevamientos Catastrales, en la investigación
Otro de los aspectos analizados fue la presunta relación entre operaciones registradas a nombre de la empresa Relevamientos Catastrales y los beneficios económicos que la Fiscalía atribuye a Urribarri y su grupo familiar.
Según el análisis de Budasoff, la acusación presentó elementos que, con el grado de probabilidad requerido para esta instancia, permitirían sostener que determinadas operaciones registradas a nombre de esa firma habrían tenido como beneficiarios al exgobernador y a integrantes de su familia, aunque la facturación no estuviera emitida directamente a su nombre.
La defensa, por su parte, cuestionó la metodología utilizada para establecer el supuesto incremento patrimonial y advirtió sobre limitaciones en la información obtenida de entidades bancarias y fuentes extranjeras, cuyos datos —según sostuvo— presentarían ambigüedades o contradicciones.
Esos cuestionamientos deberán formar parte de la discusión probatoria durante el juicio.
También rechazaron el planteo de inconstitucionalidad
Las defensas cuestionaron la constitucionalidad de la figura penal de enriquecimiento ilícito, al considerar que podría trasladar al imputado la obligación de demostrar el origen lícito de su patrimonio, en contra de las garantías del debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho a no declarar contra uno mismo.
La Fiscalía respondió que la cuestión ya fue examinada en distintos antecedentes judiciales provinciales y nacionales. Entre ellos mencionó los casos entrerrianos “Yedro” y “Rossi”, además de pronunciamientos vinculados con la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Budasoff rechazó el planteo y sostuvo que la figura penal es compatible con las garantías constitucionales, siempre que la exigencia de justificar la evolución patrimonial no se transforme en una obligación de probar la propia inocencia.
En ese sentido, remarcó que la falta de una explicación por parte del funcionario no reemplaza la prueba de cargo y que la evaluación patrimonial debe apoyarse en elementos objetivos suficientes, sin recurrir a presunciones de culpabilidad.
El viernes comenzará otra etapa de preparación
Tras resolver los planteos de las defensas, el juez informó que este viernes, desde las 9, comenzará la discusión sobre la incorporación de las evidencias y la eventual formulación de acuerdos probatorios entre las partes.
El objetivo es ordenar el material que llegará al debate y, si existe consenso sobre determinados puntos, evitar discusiones innecesarias durante las audiencias.
Con la apertura del juicio oral, la causa avanzará hacia una instancia en la que la Fiscalía deberá sostener su acusación y las defensas podrán controvertir los elementos presentados. Será en ese proceso donde se analizarán las pruebas y se determinará si corresponde atribuir responsabilidad penal a los acusados.
Con información de APF
Redaccion de 7Paginas