La Municipalidad de Concordia declaró formalmente inadmisible el recurso de revocatoria interpuesto contra el Decreto Nº 668/2026, mediante el cual se aprobó el pliego de bases y condiciones y se dispuso el llamado a la Licitación Pública Nº 47/2026 para la contratación del servicio de recolección de residuos sólidos urbanos en la ciudad.
La medida del Ejecutivo municipal, tramitada a través del Expediente Digital Nº 3401/2026 y el Expediente Externo Nº 1.367.967, se fundamentó en que la presentación fue realizada fuera de los términos legales establecidos y por no haberse probado la personería jurídica del presentante.
El escrito impugnatorio llevaba la firma de Rubén Darío Carruega, quien se presentó en representación de la firma comercial «C.I.M.S.». De acuerdo con las constancias administrativas y el cómputo de plazos regulado por la normativa municipal, la impugnación fue ingresada vencido el término legal previsto, habiéndose agotado incluso el plazo de gracia contemplado en el régimen de procedimientos administrativos.
A la extemporaneidad de la presentación se sumó la falta de acreditación de personería. Las actuaciones del Municipio constataron que Carruega no acompañó poder, estatuto, contrato constitutivo ni instrumento alguno que probara la existencia legal de la empresa «C.I.M.S.» o que lo facultara a actuar en su nombre. Asimismo, las constancias fiscales de ARCA y ATER adjuntadas en el expediente solo correspondían a la identificación del CUIT personal de Carruega.
Junto con el rechazo del recurso, el Departamento Ejecutivo desestimó el pedido de suspensión del proceso licitatorio y la solicitud de prorrogar por 45 días la fecha de apertura de ofertas. La administración local fundamentó la decisión en que no se aportaron elementos probatorios que demostraran direccionamiento, tratos discriminatorios o la imposibilidad técnica de participar en el concurso público.
Sin perjuicio del rechazo formal del recurso y de no reconocerle personería a la empresa invocada, el Municipio remitió a la firma una nota técnica dando respuesta a más de 90 consultas vinculadas al pliego de condiciones, referidas a aspectos operativos como contenedores, disposición final, certificación de servicios, personal y equipamiento requerido.
Según consta en antecedentes administrativos, Carruega es oriundo de la ciudad de Colón, fijó domicilio en Concordia recientemente y venía de realizar una presentación de similares características en el marco de la licitación de recolección de residuos de la localidad de Villa Elisa.
Con informacion de prensa municipal
Redaccion de 7Paginas