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Condenan a exmilitar por abuso y maltrato a una soldado voluntaria del regimiento de Concordia

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Redacción 7Paginas

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El TOF de Paraná homologó un acuerdo de juicio abreviado contra el exteniente primero Julio Aguirre. La resolución establece una reparación económica de 10 millones de pesos

La jueza del Tribunal Oral Federal de Paraná, Noemí Berros, condenó al exteniente primero del Ejército Argentino Julio César Aguirre a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. El imputado fue hallado autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple (perpetrado mediante abuso coactivo e intimidatorio de una relación de autoridad o poder) en concurso real con maltrato a un inferior, cometidos en perjuicio de la soldado voluntaria identificada por sus iniciales L.B.B..

Los hechos juzgados tuvieron lugar en las instalaciones del Regimiento de Caballería de Tanques 6 “Blandengues” de la ciudad de Concordia, donde Aguirre ejercía la jefatura de la Banda Militar y la superioridad jerárquica sobre la víctima. Conforme a la prueba acreditada en la causa, el acusado acosó de manera persistente a la joven entre agosto y septiembre de 2023, situación que derivó el 23 de septiembre en agresiones físicas y sexuales sin el consentimiento de la agredida dentro de la unidad militar.

La condena se impuso tras la homologación de un acuerdo de juicio abreviado, en el cual el acusado reconoció expresamente su responsabilidad procesal en los hechos. En la tramitación de la causa y la firma del acuerdo intervinieron el fiscal General José Ignacio Candioti, el defensor del imputado Daniel Cedro y en representación de la víctima Juan Ignacio Lazzaneo (Defensor Público de Víctimas).

La víctima L.B.B. prestó su libre conformidad con los términos del acuerdo, manifestando su voluntad de evitar la instancia de exposición que hubiese representado un juicio oral y público.

Junto con la sanción penal dejada en suspenso, la sentencia ordenó a Aguirre abonar a L.B.B. la suma de 10 millones de pesos en concepto de reparación e indemnización por el daño material, psicológico y moral ocasionado, pago que se concretará en diez cuotas mensuales de un millón de pesos.

Asimismo, por el término de tres años, el condenado deberá cumplir una restricción perimetral de 500 metros respecto del domicilio de L.B.B., abstenerse de realizar cualquier acto de hostigamiento o contacto por sí o por terceros hacia ella o su grupo familiar y cursar y aprobar en modalidad presencial el “Taller de violencia de género” dictado por la Dirección de Fortalecimiento Social de la Municipalidad de Concordia.

Durante la audiencia de homologación, Aguirre expresó sus disculpas públicas hacia la soldada voluntaria L.B.B. por lo sucedido. La jueza remarcó que el incumplimiento de cualquiera de las reglas dispuestas provocará la revocación inmediata de la condicionalidad y el ingreso a un establecimiento penitenciario.

 

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