Si bien el decreto no especifica el mecanismo de distribución interna de ese porcentaje, sí confirma que el otro 50% se repartirá entre los departamentos Gualeguaychú, Islas del Ibicuy, Colón, Concepción del Uruguay, Feliciano, Federal, San Salvador y Villaguay.
El texto normativo, identificado como Expediente N° 3231776 GOB, delimita formalmente el área de influencia de CAFESG, organismo creado por la Ley Provincial N° 9140 para administrar los excedentes generados por la explotación del complejo hidroeléctrico. Estos fondos tienen como fin financiar obras de infraestructura, programas sociales, proyectos productivos y acciones de mitigación ambiental en las zonas impactadas por la represa.
En los considerandos, el decreto remarca que Concordia y Federación han sido históricamente los más perjudicados por la obra, recordando que la ciudad de Federación debió ser completamente relocalizada por el embalse, con pérdidas patrimoniales, productivas, sociales e identitarias de gran magnitud. Concordia, por su parte, ha experimentado transformaciones ambientales y urbanas sostenidas vinculadas al uso intensivo de su territorio ribereño.
La medida también destaca que la distribución responde a criterios de equidad territorial y planificación estratégica, buscando reducir desigualdades regionales, potenciar infraestructura clave y preservar el medioambiente. Asimismo, reafirma que el proyecto Salto Grande debe concebirse como un aprovechamiento múltiple y no exclusivamente energético.
Con este decreto, el gobierno provincial asegura un piso del 50% de los recursos de CAFESG para Concordia y Federación, mientras amplía formalmente la participación de otros departamentos en el reparto del excedente hidroeléctrico.
Redaccion de 7Paginas