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Golpe judicial para Urribarri: el STJ cerró la última vía de apelación y el exgobernador queda a un paso del juicio oral

En un fallo dividido, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia rechazó los recursos de queja de las defensas. La decisión clausura la etapa de impugnaciones y habilita el inicio del debate en una de las causas por corrupción más importantes de Entre Ríos.
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Redacción 7Paginas

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El camino hacia el banquillo de los acusados quedó finalmente despejado para el exgobernador Sergio Urribarri. En una resolución firmada el pasado 8 de mayo de 2026, la Sala Penal Nº 1 del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) rechazó por mayoría los recursos de queja presentados por las defensas del exmandatario, del empresario Diego Cardona Herreros y del exfuncionario Carlos Marcelo Haidar.

Con este fallo, el máximo tribunal provincial pone fin a una larga cadena de planteos y nulidades, dejando expedito el juicio oral en un expediente que ha generado una enorme expectativa política e institucional en la provincia.

División de criterios en el máximo tribunal

La resolución se adoptó por mayoría de dos votos contra uno, evidenciando una profunda tensión jurídica sobre los límites del sistema acusatorio y el derecho de defensa.

El voto de la mayoría (Giorgio y Medina): Los jueces Miguel Ángel Giorgio y Susana Medina rechazaron las quejas al considerar que las defensas buscaban abrir un ciclo de apelaciones «excesivo y dispendioso». Giorgio, autor del voto rector, sostuvo que el juicio oral es el «ámbito idóneo» para discutir la validez de las pruebas y no la etapa previa. Por su parte, la jueza Medina fue más severa al calificar la estrategia defensiva como un caso de «recurso ad infinitum», sugiriendo un posible abuso del derecho procesal para dilatar el trámite.

La disidencia (Carubia): El juez Daniel Omar Carubia votó a favor de admitir las quejas. Argumentó que cerrar las vías de revisión antes del juicio podría generar un «perjuicio irreparable» y criticó lo que denominó un «exceso de rigor ritual» por parte de los tribunales inferiores. Para Carubia, dada la trascendencia social y política de la causa, correspondía una revisión «escrupulosa» de la evidencia.

¿Qué significa este fallo?

Aunque la sentencia del STJ no se pronuncia sobre la culpabilidad o inocencia de los imputados, tiene un efecto procesal demoledor: clausura la discusión sobre las nulidades y exclusiones probatorias que las defensas venían planteando desde junio de 2025.

Las defensas alegaban que gran parte de la evidencia recolectada por la fiscalía era «ilegal» y que permitir su uso en el debate oral viciaría todo el proceso. Sin embargo, con este rechazo, esos planteos solo podrán ser reedidatos —si el tribunal de juicio lo permite— durante el desarrollo del debate oral y público.

El escenario final

Con las vías recursivas provinciales prácticamente agotadas, la causa entra en su fase definitiva. Sergio Urribarri, uno de los dirigentes más poderosos de las últimas décadas en Entre Ríos, enfrentará un proceso donde se juzgarán presuntos hechos de corrupción durante su gestión.

El fallo del STJ no solo consolida el avance del expediente, sino que reafirma la «centralidad del juicio oral» como el escenario donde deben resolverse los conflictos de fondo, evitando que las investigaciones se eternicen en los despachos judiciales mediante incidentes de nulidad.