La magistrada había hecho lugar a un pedido del Ministerio Público Fiscal y ordenó la reinscripción de las inhibiciones generales de bienes oportunamente dispuestas sobre un amplio grupo de imputados, entre ellos Alfredo Bilbao, Gustavo Pérez, Sergio Esteban Cardoso, Flavia Marcela Beckman, Hugo Rubén Mena, Juan Domingo Orabona, Pedro Eduardo Opromolla, Jorge Enrique De Breuil, Juan Pablo Aguilera, Alejandro Luis José Almada, Roberto Ariel Faure, Verónica Caíno, Jorge Pablo Balladares, Guido Daniel Krapp, María Jazmín Mena Gioveni, Nicolás Beber, Renato Jesús Mansilla, María Victoria Álvarez, Viviana Gisell Mena Gioveni, Julia Gabriela Vainstein, Sandra Fabiana Marozzini, María Alejandra Camisassa, Micaela Agostina Banegas y Luciana María Belén Almada.
Asimismo, dispuso librar los despachos correspondientes, cuyo diligenciamiento quedó a cargo de los fiscales Patricia Yedro, Ignacio Aramberry y Gonzalo Badano.
La apelación de las defensas
Contra esa decisión interpusieron recurso de apelación los abogados Miguel Ángel Cullen —en representación de Juan Pablo Aguilera, Alejandro Almada, Gustavo Pérez, Verónica Caíno, Guido Krapp y Pedro Opromolla—; Pablo Hawlena Gianotti, co-defensor de Jorge De Breuil; y Tomás Virgala, defensor de Ariel Faure.
Las defensas sostienen que la resolución es “arbitraria” y que incumple la normativa procesal vigente. Señalan además que vulnera el derecho de defensa y el derecho de propiedad, y que impone una medida “desproporcionada basada en meras hipótesis”.
Uno de los ejes centrales del planteo es el plazo de vigencia de la inhibición general de bienes. Según argumentaron en la audiencia, la medida tiene una duración de cinco años y, si no se renueva antes de su vencimiento, se extingue. De acuerdo a su postura, ese plazo venció en 2024 y el pedido de reinscripción fue formulado en 2025, es decir, fuera de término. También cuestionaron que la jueza haya autorizado la reinscripción sin cumplir —afirman— con las formalidades exigidas.
Además, remarcaron que la medida alcanza incluso a personas que ya no forman parte del proceso, lo que, a su entender, refuerza la arbitrariedad de la decisión.
La postura de Fiscalía y del Estado
Los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano se opusieron al planteo de las defensas, al igual que los representantes de la acción civil encabezados por el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes.
Durante su exposición, Rodríguez Signes sostuvo que la causa investiga un hecho ilícito que habría provocado un perjuicio económico significativo a la Administración Pública. Explicó que la Fiscalía de Estado se constituyó como actor civil para reclamar la reparación económica y que existe un “enorme interés” en asegurar el recupero de fondos en caso de que el delito se compruebe.
En ese sentido, consideró que están dados los requisitos para mantener las medidas cautelares sobre los patrimonios de los imputados y respaldó la decisión adoptada por la jueza Barbagelata, advirtiendo que sin esas cautelares podría frustrarse la posibilidad de reparación.
La resolución de la vocal Castagno se conocerá en los próximos días.
Camino al juicio oral
El pedido de remisión de la causa a juicio fue presentado el 31 de mayo de 2021 por el Ministerio Público Fiscal ante la jueza Barbagelata. El trámite sufrió demoras por un conflicto de competencia y, una vez superado, se avanzó en las audiencias previas al juicio. En ese contexto, los defensores solicitaron la exclusión de pruebas y testigos, planteos que fueron rechazados.
De los 32 imputados originales, finalmente 17 serán juzgados en el debate oral.
En paralelo, varios acusados accedieron a acuerdos abreviados o resoluciones alternativas, comprometiéndose a devolver sumas de dinero en distintos montos y plazos. Otros obtuvieron sobreseimientos.
Los pedidos de penas
En el requerimiento de elevación a juicio, Fiscalía solicitó penas que van desde los 2 hasta los 18 años de prisión, según el rol atribuido en la maniobra investigada.
Entre los pedidos más elevados figuran 18 años para el exadministrador del Senado Gustavo Pérez; 16 años para Juan Pablo Aguilera; 12 años para Sergio Cardoso y Alfredo Bilbao; y 10 años para Alejandro Almada y Hugo Mena.
También se solicitaron penas intermedias para otros imputados, mientras que para algunos se pidieron condenas de 2 y 3 años de prisión.
Ahora, la Cámara deberá definir si confirma la vigencia de las inhibiciones generales de bienes mientras la causa avanza hacia el juicio oral, instancia clave tanto en el plano penal como en la eventual reparación económica al Estado provincial.
Penas
Para el exadministrador del Senado, Gustavo Pérez, los fiscales piden 18 años de prisión.
Para Juan Domingo Orabona, 7 años de cárcel.
Para Jorge Fabián Lázzaro, 5 años.
En el caso del exadministrador de la Cámara de Diputados, Sergio Cardoso, fiscalía pide 12 años de prisión.
Para el cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera, 1 6 años.
Para el cuñado de Aguilera, Alejandro Almada, 10 años.
Para Alfredo Bilbao, 12 años de prisión.
Para Roberto Ariel Faure, 9 años.
Para Hugo Mena, 10 años.
Flavia Beckman, esposa de Mensa, 7 años y 6 meses.
Para Esteban Scialocomo, 7 años.
Para Verónica Caíno, María Jazmín Mena Gioveni, Viviana Mena Gioveni, Andrea Noemí Beatriz Demartin, María Victoria Álvarez, María Macarena Álvarez, Fernando Gastón Sarnaglia, Alejandro Rubén Ferreyra y Jorge Pablo Balladares, 3 años de prisión.
Para Pedro Eduardo Opromolla, 6años de prisión.
Guido Daniel Krapp y Renato Jesús Mansilla, 5 años.
Nicolás Beber, 3 años.
Hernán Javier Díaz, 3 años.
Maximiliano Degani, 3 años.
Marta Aurora Pérez, 3 años.
Mariano Speroni, 2 años.
Diego Pagnoni, 2 años.
Jorge Enrique De Breuil, 6 años.
Javier Schneider, 3 años y 6 meses.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora