Cristina Beatriz Maccio había sido presidenta de la Compañía Entrerriana de Gas y, mientras ocupaba ese cargo, se designó como gerente de Legales y se reconoció una antigüedad profesional de 40 años. El Juzgado del Trabajo de Paraná consideró inválida la contratación y le impuso las costas. El fallo es de primera instancia y todavía no está firme.
El Juzgado del Trabajo de Paraná rechazó la demanda presentada por Cristina Beatriz Maccio, exdirectiva de la Compañía Entrerriana de Gas (CEGSA), quien había reclamado judicialmente por beneficios salariales que se había asignado mientras se encontraba al frente de la empresa.
La sentencia, dictada el 3 de noviembre de 2026, consideró inválida la contratación laboral y concluyó que Maccio tenía un interés contrario al de la sociedad al intervenir en su propia designación. Por ese motivo, la Justicia sostuvo que no podía actuar simultáneamente como representante de la empresa empleadora y como trabajadora contratada por esa misma sociedad.
La resolución impuso además las costas del proceso a la demandante.
Se había designado como gerente mientras presidía CEGSA
De acuerdo con los antecedentes analizados en la causa, Maccio ejercía la presidencia de CEGSA cuando se designó simultáneamente como gerente de Legales.
A esa designación se sumó un beneficio particular: se le reconoció una antigüedad profesional de cuatro décadas para el cálculo de sus haberes, tomando como referencia el tiempo transcurrido desde su matriculación como abogada y no los años efectivamente trabajados dentro de la compañía.
El conflicto tomó otra dimensión cuando la actual gestión provincial revisó la situación y cuestionó los beneficios que la exdirectiva se había otorgado durante su paso por la conducción de la empresa.
Posteriormente, Maccio comenzó a solicitar licencias y luego se consideró despedida, dando inicio al reclamo judicial que terminó siendo rechazado por el Juzgado del Trabajo.
Una empresa sin ingresos y con deudas
El caso se produjo en un contexto particularmente complejo para CEGSA. Según los antecedentes relevados por la actual administración y la información presentada por la representación legal de la compañía, la empresa no contaba con una tarifa que le permitiera facturar el transporte de gas, tenía obras paralizadas y acumulaba deudas con Transportadora de Gas del Norte (TGN) por la operación y mantenimiento del gasoducto.
Mientras la compañía no generaba ingresos por el servicio de transporte, sus autoridades percibían remuneraciones millonarias, con adicionales y acumulación de cargos remunerados.
Para la actual gestión provincial, esta situación fue uno de los elementos que motivaron la revisión de las condiciones laborales y salariales de quienes habían estado al frente de la empresa.
La Justicia cuestionó la forma en que se otorgó el beneficio
El fallo también analizó el tratamiento del adicional por antigüedad profesional durante una asamblea extraordinaria de accionistas realizada en marzo de 2023.
Según la sentencia, el beneficio fue incorporado de manera confusa y oblicua, sin que existiera una aprobación expresa de la contratación laboral ni del régimen salarial que se pretendía aplicar.
CEGSA había rechazado el reclamo desde el comienzo, mientras que la Fiscalía de Estado también se había pronunciado en contra de la procedencia de la demanda.
Posteriormente, la asamblea de accionistas estableció que la antigüedad reconocida al personal debía corresponder exclusivamente a los servicios prestados dentro de la propia compañía.
También se detectó otra irregularidad
De manera independiente a esta demanda, la representación legal de CEGSA informó que durante la revisión de la situación de Maccio se detectó que la exdirectiva no había declarado su condición de jubilada y habría percibido importes vinculados con aportes previsionales que no le correspondían.
Según se indicó a 7Paginas, la Caja de Jubilaciones ya se encuentra recuperando esos montos mediante descuentos.
Un fallo que el Gobierno considera «trascendente»
Si bien la resolución todavía no se encuentra firme y puede ser apelada por tratarse de una sentencia de primera instancia, el Gobierno provincial considera que el pronunciamiento judicial constituye un respaldo al criterio que viene sosteniendo respecto del manejo de las empresas con participación estatal.
La actual administración de Rogelio Frigerio sostiene que quienes tienen a su cargo la conducción de una empresa estatal o con participación estatal no pueden utilizar las facultades de sus cargos para contratarse a sí mismos ni para asignarse beneficios personales.
El caso CEGSA vuelve así a quedar en el centro de la discusión sobre la administración de los recursos públicos, particularmente por el contraste que el Gobierno provincial plantea entre una empresa que tenía obras paralizadas y deudas acumuladas y autoridades que, según los antecedentes de la causa, se asignaban cargos y adicionales remunerados.
Para la gestión provincial, el objetivo es que los recursos de las empresas con participación estatal sean destinados prioritariamente a la prestación de servicios, la ejecución de obras y el cumplimiento de las funciones para las que fueron creadas.