En su resolución, el magistrado no hizo lugar a lo solicitado por la Junta Electoral partidaria, y convalidó la Resolución N° 8, mediante la cual el órgano electoral del PJ había rechazado las precandidaturas de las listas N° 1 “Agrupación Evita”, N° 7 “Por una Entre Ríos Potencia”, N° 10 “PAR” y N° 177 “Tres Banderas”, avalando únicamente a “Desafío Peronista”.
Entre los fundamentos de su decisión, Ríos expresó que el planteo realizado por el apoderado de la Lista N° 10 ante la Junta Electoral del PJ “en modo alguno puede considerarse como un recurso de apelación ante la Justicia Electoral”, dado que no fue presentado conforme a los requisitos establecidos por la Ley N° 23.298. Específicamente, el juez remarcó que el procedimiento previsto en el artículo 32 de dicha normativa exige que la apelación sea debidamente fundada ante la autoridad partidaria que dictó la resolución, para que pueda ser revisada judicialmente. Este paso no se cumplió.
En paralelo, se conoció que la Lista N° 1, encabezada por Héctor Maya y Ariel de la Rosa, presentó una nueva impugnación, en la que solicita que el cronograma electoral interno del PJ sea declarado nulo. Con este recurso, buscan revertir la situación y reabrir la competencia interna, aunque por el momento la única lista oficialmente habilitada para participar es la que lidera Bahl, bajo el lema “Desafío Peronista”.
Con este fallo, el proceso interno del PJ entrerriano se encamina hacia una definición sin competencia, salvo que prosperen las nuevas impugnaciones presentadas.