La medida alcanza a embarcaciones comerciales, deportivas y recreativas de menos de tres toneladas de arqueo bruto. Los propietarios tienen tiempo hasta el 28 de agosto de 2028 para completar el trámite; de lo contrario, las unidades podrán ser eliminadas de la Matrícula Nacional.
La Prefectura Naval Argentina informó el inicio del proceso de migración y reinscripción registral de embarcaciones de menos de tres toneladas de arqueo bruto, en el marco de las nuevas disposiciones del Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE).
La medida, establecida a partir del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N.º 37/2025 y las Ordenanzas N.º 1-26 y 2-26 de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, dispone el traslado de estas embarcaciones desde el Registro Nacional de Buques hacia los registros de las dependencias jurisdiccionales de la Prefectura.
El plazo para realizar la reinscripción comenzó el 28 de agosto de 2026 y vencerá definitivamente el 28 de agosto de 2028.
¿A qué embarcaciones alcanza la medida?
El procedimiento comprende embarcaciones de arqueo bruto inferior a tres toneladas, tanto comerciales como deportivas o recreativas, que actualmente se encuentran inscriptas en el Registro Nacional de Buques bajo alguna de las siguientes categorías:
Segunda Agrupación: mercantes menores.
Tercera Agrupación: embarcaciones fiscales.
Registro Especial de Yates (R.E.Y.).
Por ese motivo, la Prefectura recomendó a los propietarios verificar la situación registral de sus embarcaciones y comenzar las gestiones con suficiente anticipación.
Qué ocurre si no se realiza el trámite
La autoridad naval advirtió que las embarcaciones que no hayan sido reinscriptas en los registros jurisdiccionales antes del vencimiento del plazo serán consideradas eliminadas de la Matrícula Nacional, conforme al artículo 55, incisos a) y b), de la Ley de Navegación N.º 20.094.
La disposición contempla una excepción para aquellos casos en los que existan embargos, gravámenes, medidas cautelares o inhibiciones que afecten a las embarcaciones o a sus titulares.
Cómo realizar la reinscripción
El trámite permite que cada propietario elija la dependencia jurisdiccional de la Prefectura Naval Argentina en la que desea registrar su embarcación.
Para iniciar el procedimiento, deberá completar el Formulario N.º 3, denominado “Solicitudes Varias”, disponible en la plataforma digital oficial de la institución, y presentar la documentación correspondiente en la dependencia seleccionada.
Una vez concluida la gestión, se expedirá el nuevo Certificado de Matrícula.
El formulario puede descargarse desde el siguiente enlace oficial: Formulario N.º 3 de Prefectura Naval Argentina.
Finalmente, la Prefectura insistió en la importancia de no esperar hasta los últimos meses del plazo para iniciar el trámite, con el objetivo de evitar la acumulación de solicitudes, posibles demoras administrativas y las consecuencias derivadas de no completar la reinscripción antes del 28 de agosto de 2028.
Redaccion de 7Paginas