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Urribarri y Cardona Herreros irán a juicio por el presunto enriquecimiento ilícito: Budassof rechazó los planteos de las defensas

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El juez de Garantías N° 6, Mariano Budassof, resolvió este jueves remitir a juicio el legajo que investiga el presunto enriquecimiento ilícito del exgobernador Sergio Urribarri y del empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros. El magistrado consideró válida la pericia contable y rechazó los pedidos de nuevas pericias informáticas y contables formulados por las defensas.

La Justicia entrerriana dio este jueves un nuevo paso en la causa por el presunto enriquecimiento ilícito del exgobernador Sergio Urribarri y del empresario Diego Armando Cardona Herreros.

El juez de Garantías N° 6, Mariano Budassof, resolvió remitir el legajo a juicio oral y rechazó los principales planteos formulados por los defensores técnicos de ambos imputados, quienes habían cuestionado parte de la evidencia reunida durante la investigación.

La audiencia se extendió durante poco más de una hora. Durante su resolución, Budassof repasó los planteos realizados por los abogados José Velázquez, representante de Cardona Herreros, y Miguel Cullen, defensor de Urribarri, además de los argumentos expuestos por los fiscales Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull.

El magistrado concluyó que la hipótesis de la Fiscalía, sustentada principalmente en una pericia contable y en una importante cantidad de evidencia informática y documental, reúne las condiciones para ser discutida en un juicio oral.

La pericia contable quedó en pie

Uno de los principales planteos de las defensas estuvo dirigido contra la pericia contable incorporada a la investigación.

Los abogados cuestionaron diferencias entre los montos consignados en la pericia y los de la imputación fiscal, además de plantear observaciones sobre los ingresos de Bruno Urribarri como futbolista, la información utilizada para elaborar el informe y la asignación de las siglas SDU en distintos registros empresariales.

Sin embargo, Budassof rechazó la necesidad de realizar una nueva pericia.

El juez destacó que el estudio contable fue realizado por dos profesionales, uno del Ministerio Público Fiscal y otro propuesto por la defensa, y que ambos arribaron a conclusiones coincidentes.

“Las defensas no demostraron la necesidad de producir un nuevo informe”, sostuvo el magistrado, al considerar que la posterior disconformidad con un trabajo en el que la defensa participó activamente no constituye, por sí sola, un motivo suficiente para repetirlo.

También remarcó que los resultados de las operaciones contables deben diferenciarse de la acusación formulada por los fiscales y que una diferencia entre importes no significa necesariamente que existan errores de cálculo.

Budassof sostuvo además que, si durante el proceso aparece nueva información sobre los ingresos de Bruno Urribarri, esta podrá incorporarse, aunque aclaró que la incorporación de documentación no implica necesariamente la realización de una nueva pericia.

De esta manera, la discusión sobre la metodología utilizada y las conclusiones del informe quedará para el debate oral.

También rechazó la nueva pericia informática

La defensa de Cardona Herreros había solicitado una nueva pericia informática, de 40 puntos, a cargo de especialistas del Superior Tribunal de Justicia, además de cuestionar la utilización de evidencia digital y registros telefónicos incorporados al expediente.

Budassof consideró que la evidencia cuestionada es pertinente y guarda relación con el objeto de la investigación.

También sostuvo que los medios electrónicos y digitales son aptos para almacenar evidencia y que el hecho de que determinados registros puedan admitir diferentes interpretaciones no elimina su pertinencia.

En relación con la cadena de custodia, el magistrado señaló que la defensa no logró demostrar una alteración concreta de los registros ni la existencia de anomalías que justificaran una nueva pericia.

“Los puntos de pericia deben ser precisos, no preguntas generales, y no se puede pedir a los peritos decisiones jurídicas”, sostuvo el juez al fundamentar el rechazo.

Además, remarcó que las defensas tendrán durante el juicio la posibilidad de examinar y contrainterrogar a los testigos, controlar los metadatos y discutir la evidencia presentada por la acusación.

Una causa que se suma a otros juicios contra Urribarri

Con esta decisión, Urribarri suma un nuevo juicio oral pendiente. El exgobernador se encuentra detenido en la Unidad Penal N° 6 “El Potrero” de Gualeguaychú, cumpliendo una condena de ocho años derivada del denominado “megajuicio por corrupción”, realizado entre 2021 y 2022.

Además del expediente por presunto enriquecimiento ilícito, Urribarri y Cardona Herreros también se encuentran imputados en la causa conocida como “coimas”, que ya fue remitida a juicio.

En ese expediente, la Fiscalía solicitó penas de 10 años de prisión para Urribarri y nueve años para Cardona Herreros.

En la investigación por presunto enriquecimiento ilícito, en tanto, los fiscales solicitaron cinco años y diez meses de prisión para Urribarri, además del recupero del dinero que, según la acusación, no pudo ser justificado: más de $11,5 millones, más de siete millones de dólares y 16.300 euros.

Para Cardona Herreros, la Fiscalía pidió cinco años de prisión, además del recupero de los montos considerados injustificados: más de $8 millones, siete millones de dólares y 14.100 euros.

La relación entre Urribarri y Cardona

La investigación también puso bajo la lupa la relación entre el exgobernador y el empresario paraguayo, cuya empresa Relevamientos Catastrales fue contratista del Estado entrerriano durante las dos gestiones de Urribarri.

Según la hipótesis de la acusación, la relación entre ambos habría excedido el vínculo formal entre un contratista y el Estado provincial.

Entre los elementos mencionados en la investigación aparecen beneficios, servicios y operaciones que, de acuerdo con la Fiscalía, habrían favorecido al exgobernador y a su entorno familiar.

La causa se encuentra vinculada con una investigación más amplia sobre presuntas maniobras de corrupción desarrolladas durante los gobiernos de Urribarri, algunas de las cuales fueron analizadas durante el denominado “megajuicio”.

En aquel proceso se investigaron y juzgaron distintos hechos relacionados con negociaciones incompatibles con la función pública, peculado y fraude, entre otros delitos.

Ahora, con la resolución de Budassof, la hipótesis fiscal sobre el presunto enriquecimiento ilícito deberá ser debatida en un juicio oral, instancia en la que las partes podrán producir y controvertir la prueba, interrogar a los peritos y testigos y exponer sus respectivas interpretaciones sobre la evidencia incorporada al expediente.

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