La Prefectura de Federación informó a 7Paginas, las zonas habilitadas para la práctica de natación con fines deportivos o recreativos en el lago de la ciudad, así como las recomendaciones y medidas de seguridad obligatorias. La disposición 2024-71 establece los espacios y normativas para garantizar la seguridad de los usuarios durante la temporada de verano.
Zonas habilitadas para natación
Según la resolución, las áreas designadas son:
Entre los kilómetros 2,5 y 3 del Arroyo La Virgen, en ambos márgenes, progresiva al kilómetro 383,6 del margen derecho del Río Uruguay.
Entre los kilómetros 3,5 y 4 del Arroyo La Virgen, margen izquierdo, progresiva al kilómetro 383,6 del margen derecho del Río Uruguay.
Entre los kilómetros 394,1 y 394,6 del margen derecho del Río Uruguay, por fuera del boyado de «Playa 52».
Estos espacios, identificados en croquis específicos, buscan preservar la vida humana y regular la navegación deportiva en la jurisdicción.
Normas de seguridad obligatorias
La Prefectura subrayó que la natación deberá realizarse bajo estrictas condiciones:
Siempre en grupo: Mínimo dos nadadores deben estar presentes durante la actividad.
Uso de elementos de seguridad: Cada nadador debe portar un torpedo o estar acompañado por una embarcación de apoyo (como un kayak) que cuente con chaleco salvavidas, dispositivo de flotación y silbato, según la Ordenanza 03/2017.
Aviso previo: Antes de iniciar, los practicantes deben notificar a Prefectura el horario de salida, zona de actividad, horario de finalización y un contacto en tierra para emergencias.
Distancia y horario: La actividad debe realizarse a no más de 100 metros de la costa, en línea paralela, solo en horario diurno y bajo condiciones climáticas favorables.
Restricciones y contacto
Está terminantemente prohibido realizar actividades fuera de las condiciones establecidas por la normativa. Para consultas, la Prefectura Federación dispuso el número (3456) 481514 y atención presencial en su sede.